Becas destinadas a los ciudadanos gallegos residentes en el exterior para la realización de estudios universitarios oficiales, intercambios universitarios y estudios de formación profesional en Galicia y la convocatoria para el curso académico 2010-2011.

 

Convocatoria abierta hasta

30 Julio 2010


Origen del solicitante

España 

Perfil del solicitante

Estudiante Universitario 

Entidad convocante


Consejería de la Presidencia Administraciones Publicas y Justicia 

Tipo / Finalidad de la beca

Estudios Universitarios 

Requisitos

1, becas para la realización de estudios universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional conducentes a la obtención del título de grado, licenciado, ingeniero, arquitecto, diplomado, maestro, ingeniero técnico o arquitecto técnico; Programa 2, becas para la realización de estudios conducentes a la obtención del título de máster universitario; Programa 3, becas de intercambio para la realización de enseñanzas universitarias en cualquiera de las tres universidades de Galicia que tengan firmados convenios con universidades de países extracomunitarios; Programa 4, becas para la realización de estudios de formación profesional de grado superior en centros docentes públicos y centros privados de la Comunidad Autónoma de Galicia que tengan estas enseñanzas concertadas. 

Dotación de la beca

 -Una ayuda máxima de 6.000 euros destinada a sufragar
los gastos académicos derivados de sus estudios, de
la estancia y manutención. En el caso de ayudas para el
Programa 3 de intercambio, en la modalidad de un cuatrimestre
(hasta 6 meses), la cuantía máxima será de
4.000 euros, para los mismos conceptos.
-En el caso de los solicitantes que opten a una beca
de nueva adjudicación o intercambio y acrediten residencia
en el extranjero, una ayuda destinada a sufragar
los gastos derivados del viaje de ida y vuelta entre
el lugar de residencia del beneficiario en el extranjero
y la Comunidad Autónoma de Galicia:
* Estudiantes residentes en países europeos: 350
euros.
* Estudiantes residentes en el resto de países:
1.000 euros.
Cada beca concedida dentro del Programa 4 (realización
de ciclos superiores de formación profesional)
estará integrada por los siguientes conceptos:
-Una ayuda máxima de 5.000 euros destinada a
sufragar los gastos académicos derivados de sus estudios,
de la estancia y manutención.
-En el caso de los solicitantes que acrediten residencia
en el extranjero, una ayuda destinada a sufragar
los gastos derivados del viaje de ida y vuelta entre
el lugar de residencia del beneficiario en el extranjero
y la Comunidad Autónoma de Galicia:
* Estudiantes residentes en países europeos: 350
euros.
* Estudiantes residentes en el resto de países:
1.000 euros

Observaciones

Resolución de 4 de junio de 2010, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se establecen las bases reguladoras del programa de becas destinadas a los ciudadanos gallegos residentes en el exterior para la realización de estudios universitarios oficiales, intercambios universitarios y estudios de formación profesional en Galicia y la convocatoria para el curso académico 2010-2011 

Más información

RESOLUCIÓN de 4 de junio de 2010  Resolución de 4 de junio de 2010, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se establecen las bases reguladoras del programa de becas destinadas a los ciudadanos gallegos residentes en el exterior para la realización de estudios universitarios oficiales, intercambios universitarios y estudios de formación profesional en Galicia y la convocatoria para el curso académico 2010-2011.
DIARIO OFICIAL DE GALICIA (DOG) del 10 de junio de 2010 
RESOLUCIÓN de 4 de junio de 2010  Corrección de errores.-Resolución de 4 de junio de 2010, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se establecen las bases reguladoras del programa de becas destinadas a los ciudadanos gallegos residentes en el exterior para la realización de estudios universitarios oficiales, intercambios universitarios y estudios de formación profesional en Galicia y la convocatoria para el curso académico 2010-2011.
DIARIO OFICIAL DE GALICIA (DOG) del 16 de junio de 2010  

 
Becas para estudiantes universitarios y universitarias en el marco del programa Erasmus y otros programas de movilidad universitaria de carácter internacional en el curso académico 2010-2011.

 

Convocatoria abierta hasta

Desde el 10 de junio de 2010 - Hasta el 10 de julio de 2010

Origen del solicitante

España 

Perfil del solicitante

Estudiante Universitario 

Entidad convocante

Departamento de Educación, Universidades e Investigación 

Tipo / Finalidad de la beca

Programa Erasmus 

Requisitos

Para optar a estas becas será necesario reunir los siguientes requisitos: 1.- Ser ciudadano o ciudadana de la Comunidad Europea o extranjera o extranjero no comunitario con residencia legalizada en el Estado, quedando excluidos de acceder a las becas y ayudas convocadas por la presente Orden aquellas y aquellos estudiantes extranjeros no comunitarios que se encuentren en situación de estancia. 2.- Estar matriculado o matriculada en el curso 2010-2011 en algún centro universitario ubicado en la Comunidad Autónoma del País Vasco para realizar estudios oficiales de grado o postgrado, y haber superado el primer año de estudios universitarios en el momento de formalizar la solicitud en el caso de los estudios de grado. También podrán optar a la beca aquellas y aquellos estudiantes que cursen enseñanzas artísticas superiores en algún centro ubicado en la Comunidad Autónoma del País Vasco y que hayan realizado el primer curso de sus estudios. 3.- Tener vecindad administrativa en algún municipio de la Comunidad Autónoma del País Vasco con anterioridad al 1 de enero de 2010. 4.- Participar en algún programa de movilidad universitaria con autorización de la Universidad de origen y siempre que se trate de programas en los que esté previsto el reconocimiento de los estudios o prácticas realizados en virtud de los acuerdos entre los centros de origen y de acogida. La duración mínima de la estancia deberá ser de tres meses, y la máxima a computar a efectos de concesión de beca de nueve meses. Los desplazamientos podrán ser para cursar estudios o recibir formación en centros de enseñanza superior, o efectuar estancias en empresas, centros de formación, centros de investigación u otras organizaciones. 5.- No haber disfrutado en años anteriores de la ayuda. 6.- No encontrarse sancionado o sancionada penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas ni hallarse incurso en prohibición legal alguna que le inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo establecido en la Disposición Final sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.  

Dotación de la beca

120 euros por mes de estancia 

Observaciones

 Las solicitudes, debidamente fechadas y firmadas, se presentarán en el caso de la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea en cualquiera de los Registros Generales de la Universidad dirigido al Vicerrectorado de Proyección Internacional o, en otras Universidades, en el Departamento análogo de la institución universitaria en el que la persona solicitante esté cursando sus estudios, o en cualquiera de los previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. También podrá presentarse en cualquiera de los registros especificados en el Decreto 72/2008, de 29 de abril, de creación, organización y funcionamiento de los registros de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos. Las solicitudes dirigidas a las Universidades que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para que sean debidamente fechadas y selladas por el personal de Correos.

Más información

 ORDEN de 11 de mayo de 2010  ORDEN de 11 de mayo de 2010, de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, por la que se convocan becas para estudiantes universitarios y universitarias en el marco del programa Erasmus y otros programas de movilidad universitaria de carácter internacional en el curso académico 2010-2011.
BOLETÍN OFICIAL DEL PAÍS VASCO (BOPV) del 9 de junio de 2010

 
Becas destinadas a los ciudadanos gallegos residentes en el exterior para la realización de estudios universitarios oficiales, intercambios universitarios y estudios de formación profesional en Galicia y la convocatoria para el curso académico 2010-2011.

 

Convocatoria abierta hasta

30 junio 2010

Origen del solicitante

España 

Perfil del solicitante

Estudiante Universitario en el Extranjero 

Entidad convocante

Consejería de Presidencia Administraciones Públicas y Justicia 

Tipo / Finalidad de la beca

Realización Estudios Universitarios 

Requisitos

1, becas para la realización de estudios universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional conducentes a la obtención del título de grado, licenciado, ingeniero, arquitecto, diplomado, maestro, ingeniero técnico o arquitecto técnico; Programa 2, becas para la realización de estudios conducentes a la obtención del título de máster universitario; Programa 3, becas de intercambio para la realización de enseñanzas universitarias en cualquiera de las tres universidades de Galicia que tengan firmados convenios con universidades de países extracomunitarios; Programa 4, becas para la realización de estudios de formación profesional de grado superior en centros docentes públicos y centros privados de la Comunidad Autónoma de Galicia que tengan estas enseñanzas concertadas. 

Dotación de la beca

-Una ayuda máxima de 6.000 euros destinada a sufragar
los gastos académicos derivados de sus estudios, de
la estancia y manutención. En el caso de ayudas para el
Programa 3 de intercambio, en la modalidad de un cuatrimestre
(hasta 6 meses), la cuantía máxima será de
4.000 euros, para los mismos conceptos.
-En el caso de los solicitantes que opten a una beca
de nueva adjudicación o intercambio y acrediten residencia
en el extranjero, una ayuda destinada a sufragar
los gastos derivados del viaje de ida y vuelta entre
el lugar de residencia del beneficiario en el extranjero
y la Comunidad Autónoma de Galicia:
* Estudiantes residentes en países europeos: 350
euros.
* Estudiantes residentes en el resto de países:
1.000 euros.
Cada beca concedida dentro del Programa 4 (realización
de ciclos superiores de formación profesional)
estará integrada por los siguientes conceptos:
-Una ayuda máxima de 5.000 euros destinada a
sufragar los gastos académicos derivados de sus estudios,
de la estancia y manutención.
-En el caso de los solicitantes que acrediten residencia
en el extranjero, una ayuda destinada a sufragar
los gastos derivados del viaje de ida y vuelta entre
el lugar de residencia del beneficiario en el extranjero
y la Comunidad Autónoma de Galicia:
* Estudiantes residentes en países europeos: 350
euros.
* Estudiantes residentes en el resto de países: 1000 euros
 

Observaciones

 Resolución de 4 de junio de 2010, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se establecen las bases reguladoras del programa de becas destinadas a los ciudadanos gallegos residentes en el exterior para la realización de estudios universitarios oficiales, intercambios universitarios y estudios de formación profesional en Galicia y la convocatoria para el curso académico 2010-2011

Más información

RESOLUCIÓN de 4 de junio de 2010  Resolución de 4 de junio de 2010, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se establecen las bases reguladoras del programa de becas destinadas a los ciudadanos gallegos residentes en el exterior para la realización de estudios universitarios oficiales, intercambios universitarios y estudios de formación profesional en Galicia y la convocatoria para el curso académico 2010-2011.
DIARIO OFICIAL DE GALICIA (DOG) del 10 de junio de 2010  

 
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